ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE: ¿ES POSIBLE EN CHILE?

“Cuando una ley es injusta lo correcto es desobedecer” (Mahatma Gandhi).

Nuestra historia política constituyente, nos muestran diez modelo de carta orgánica para nuestra vida democrática y política, desde los albores de la independencia, siendo el  primer texto conocido y promulgado, en 1812, con casi un año de vida, contenía un preámbulo constitucional y 27 artículos, nacido con una fuerte influencia del cónsul estadounidense de la época y considerado como el primer texto chileno que manifestaba una velada declaración de independencia de Chile.

En la actualidad nos rige un código Constitucional elaborado en el gobierno de la Dictadura Militar, con un sesgo ideológico determinado y parcializado, generado en circunstancias particulares de nuestra vida política, donde no existía una marco de pluralismo ideológico y menos de participación ciudadana en su elaboración , situación que a los políticos contemporáneos a su redacción y excluidos de ella , les hiciera afirmar que adolecía de vicios de ilegitimidad , que deberían corregirse en periodos democráticos de ejercicio político representativo posteriores al régimen que lo redactara.
Con cierto grado de participación ciudadana a través de un plebiscito,  a este cuerpo Constitucional se le dio un corte de legitimidad y con posteriores pequeñas modificaciones impulsadas en los gobierno de la Concertación, se selló su total legitimidad actual, olvidando la cuestionada moralidad de su génesis.
Por esto hoy justa legitimidad cobra cierta fuerza la idea de su modificación e incluso la de generarse está a través de una Asamblea Constituyente, situación que se encuentra radicada en nuestro ADN político ni es parte de nuestra cultura y que la gran mayoría ciudadana en un país con nula educación cívica, entiende o sabe medianamente de que se trata una propuesta de esta índole.
Para comprender en algo la propuesta de una Asamblea Constituyente, podemos decir que en países vecinos esta práctica se ha impulsado, pero por gobiernos que en Ecuador, Argentina, Bolivia, Venezuela entre otros, este proceso se ha dado al amparo de gobiernos que han logrado un apoyo mayoritario de sus ciudadanos , con las mismas reglas de juego democrático que le ofrecían las constituciones anteriores , y a través de estas mayorías lograron impulsar desde el poder ejercido los cambios constitucionales en sus respectivos países, algunos de ellos ya con un precedente de haber generados sus Constituciones Políticas del  Estado a través de Asambleas Constituyentes , como el ejemplo de argentina, donde desde su primera Constitución Política se tuviera su redacción  por este medio de participación democrática.
Por el contrario, nuestro país siempre ha adolecido de esta experiencia política organizativa en su institucionalidad, situación que no coarta la opción de que se implemente esta experiencia, pero que sugiere dudas al entendimiento ciudadano, sobre el discernimiento de una propuesta de esta magnitud, de la que nuestra cultura cívico-política no tiene precedente, esto debido a que desde nuestro primer Reglamento Constitucional Provisorio de 1812 hasta la actual Constitución Política de 1980, estos procesos se al realizado en círculos jurídicos cerrados, entre pocas personas, sin una participación pluralista de ideas, lo que generar cuerpos de Cartas Magnas , semis-democratizadas a través de tibias participaciones ciudadanas en plebiscitos electorales, donde solo el ciudadano ha podido optar  por la aprobación o el rechazo de estos cuerpos legales, sin en muchos casos siquiera tener lugar al estudio o debate de sus principios, siendo solamente impulsado a modo de justificación y amparo legal de la vigencia de sus textos.
Que ha pasado en otras latitudes y otras experiencias al respecto, en el general de los casos se ha procedido a la elección directa y universal de una Asamblea General Constituyente, con representantes electos directamente por la ciudadanía mediante un ejercicio democrático y representando a todo el espectro político, social y representativo de la ciudadanía, a efecto de tener una temática amplia y de participación, para los distintos temas de influencia en la vida ciudadana y política. Siendo estos Parlamentos Constituyentes una asamblea representativa de la ciudadanía en la que en muchas de ellas se supera con creces el número de representantes con respecto a sus Congresos Legislativos, actuando en paralelo al poder político tanto ejecutivo como legislativo, abocándose única y exclusivamente a la redacción de la Constitución Política sin, injerencia de los demás poderes del Estado a no ser que en razón de algún tema en específico se solicite por los Constituyentes en áreas determinadas.
En nuestro caso y ante las actuales condiciones de participación y leyes electorales, sería muy difícil lograr un espectro ampliamente representativo para una instancia tal dado a la leyes electorales actuales, binominal de por medio, leyes de amarre vigentes que podrían dificultar la tarea y leyes secretas que pocos conocen y que están amparando el sistema político institucional vigente, en aras de una supuesta democracia protegida que rige los destinos políticos y organizativos de nuestra sociedad chilena, que dificultarían con su vigencia el ejercicio democrático de una Asamblea Constituyente, la aprobación de sus postulados y la legitimidad de estos por los entrampes legales anteriores y que tienen plena vigencia por la aceptación a través de modificaciones legales al amparo de las leyes vigentes y los gobiernos democráticos de los últimos 24 años.

LAS DOS POSIBILIDADES DE UNA ASAMBLEA CONSTITUYENTES EN CHILE.

1) La primera opción de poder impulsar una Asamblea Constituyente en Chile, esta dada en la posibilidad de ruptura del esquema binominal , través del doblaje electoral , que de una mayoría representativa y que quienes logren esa mayoría sean impulsores de la idea de una Asamblea Constituyentes ,que brinde los quórum legislativos , para impulsar las derogaciones de leyes de amarre, binominal y leyes secretas que impidan el legítimo derecho a la representación pluralista de la sociedad chilena, en forma democráticamente proporcional, donde todos los pensamientos y filosofías estén representados y puedan consensuar un Carta Magna nacida de una democracia representativa horizontal y pluralista, que de fuerza y legitimidad a una nueva Constitución Política de Estado de Chile.

2) La segunda posibilidad y la más difícil , es que esta necesidad nazca de la base ciudadana, situación que a las actuales generaciones, ausentes de la vida y participación política, apática de sus práctica, no está en condiciones ni siquiera de entender la necesidad, ni el beneficio que pueda llegar a significar para la sociedad chilena , el ejercicio democrático de generarnos un nueva Constitución Política , puesto que la gran mayoría de chilenos, cívicamente mal formados ni siquiera entienda que es una Asamblea Constituyente y mucho menos para que sirve, puesto que es algo que no está en ninguna parte de nuestra historia.

CONCLUSIÓN
Sin pretender como demócrata confeso, querer ser un sepulturero de estas aspiraciones, las que en su génesis son la expresión más representativa y democrática de un sistema republicano, la de generarse sus propios códigos y fundamentos organizativos, las Asambleas Generales Constituyentes, aparecen en nuestro horizontes como una real y autentica posibilidad de enmendar rumbos equívocos y corregir nuestro modelo de sociedad en base a la participación , el debate, la aceptación del pluralismo político y la tolerancia a ver participar de la vida ciudadana aun a quienes piensan distinto a agentes del ejercicio del poder político, ejercido con una moralidad dudosa y regulado con leyes y principios poco representativos de los ciudadanos, donde la apatía y la anarquía y el acceso limitado al poder político con leyes que entrampan el compartimiento del poder, que es la base de la democracia, pueda con un ejercicio ciudadano representativo, darnos un cuerpo orgánico que realmente nos saque de este letargo y vacío político en vigencia.
Por lo que concretar una Asamblea Constituyente en nuestro país sería un renacer a la vida democrática y de legítima participación ciudadana.

Para Tejemedios escribió:
ENRIQUE EDIS JARA RIVERA
Comunicador Social “Un ciudadano común ante un problema común”